TANDIL, 08/05/2020
RESOLUCION: Nº0334
VISTO:
La evolución de la situación epidemiológica a nivel nacional y mundial originada por la aparición y rápida diseminación del nuevo Coronavirus COVID-19, y;
CONSIDERANDO:
Que las medidas de Prevención Sanitaria establecidas por el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Salud continúan en plena vigencia,
Que por la OCS 5019/2020 se procedió a Suspender preventivamente las actividades de la U.N.C.P.B.A. a partir del día 16 de Marzo de 2020 y, continúa según lo establecido por RR
Que por la misma Ordenanza se solicitó a las Unidades Académicas la reprogramación tentativa de sus actividades académicas, científicas y administrativas que consideren necesarias
Que por RCS 6725/2017 que homologa la RR 985/2017 se establecen los plazos de presentación de la documentación en la inscripción de los aspirantes.
Que la Sra. Secretaria Académica de la Universidad a través de reuniones virtuales de consultas con las diez unidades académicas, releva que cerca de cien aspirantes no han presentado la constancia de título y casi igual número adeudan materias del secundario, por lo cual tramita la propuesta de ampliación en los plazos de presentación del título secundario de los aspirantes a todas las Carreras de esta Universidad.–
Que dicha propuesta se fundamenta en la plena vigencia de lo dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional por el Covid 19, en el sentido de mantener el ”aislamiento social preventivo y obligatorio” que dificulta, por parte de los aspirantes, hasta que lasjurisdicciones liberen la toma de las mesas especiales de terminalidad de nivel secundario y comiencen las actividades presenciales, la presentación de la constancia de título secundario en trámite en los tiempos establecidos por las normativas vigentes.-
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 28º Inciso a) del Estatuto de la Universidad, aprobado por Resolución Ministerial Nº 2672/84 y modificado por la Honorable Asamblea Universitaria,
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Los aspirantes que adeuden asignaturas de nivel medio podrán presentar la constancia de título en trámite, a medida que las jurisdicciones liberen la toma de mesas especiales para la terminalidad de la escuela secundaria, siendo el plazo máximo el 30 de noviembre del corriente año.
Artículo 2º: Las condicionalidades como cursantes se validarán al momento de presentar la constancia de título en trámite, según lo expresado en el art 1; de no cumplir tal requisito quedarán sin efecto los trayectos académicos que pudieran haber transitado en forma condicional.
Artículo 3º: Se otorgarán plazos adicionales para la presentación de la fotocopia autenticada del título de nivel medio, los que vencerán el 31/03 del próximo año.
Artículo 4º: La presente resolución se dicta “ad-referéndum” del Consejo Superior.-.
ARTICULO 5º: Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese. –